Micelio

Artículo 1

Decreto 384 de 2001 · por el cual se fija una nueva fecha para la reposición de vehículos que han cumplido el ciclo de vida útil.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Los propietarios de vehículos de transporte público colectivo de radio de acción metropolitano, distrital y/o municipal, que por mandato de la Ley hayan cumplido su ciclo de vida útil y deban ser retirados del servicio público, podrán reponer el vehículo hasta el 31 de julio del año 2001.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 384 de 2001