º . Capacidad de aporte de capital. La capacidad de aporte de capital es la condición financiera que permite a una Caja de Compensación Familiar destinar determinada cantidad de recursos para la constitución de una sección especializada de ahorro y crédito, sin que se afecte la distribución de recursos previstos para los aportes recaudados por concepto del subsidio familiar en las normas vigentes. Para los efectos previstos en el inciso anterior y de conformidad con el
del artículo 43 de la Ley 21 de 1982, los rendimientos y productos líquidos de las operaciones que efectúen las Cajas de Compensación Familiar, así como los remanentes presupuestales de cada ejercicio, podrán ser destinados parala constitución de secciones especializadas de ahorro y crédito.