Art. 1 .° Autorízase al Gobierno para modificar, de acuerdo con esta ley, el contrato de 10 de Diciembre de 1890, celebrado entre Ministerio de Relaciones Exteriores de la República y el apoderado del Liquidador de la Compañía, universal del Canal interoceánico de Panamá, relativo la prórroga para abrir dicha vía.
Ley 91 de 1892 →Vigente
Artículo 1
Ley 91 de 1892 · que concede autorizaciones al Gobierno relativas al Canal de Panamá
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.