Micelio

Artículo 4

Lugares Habilitados Para El Ingreso De Maquinaria

Decreto 2261 de 2012 · por el cual se establecen medidas para regular, registrar y controlar la importación de la maquinaria clasificable en las subpartidas 8429.11.00.00, 8429.19.00.00, 8429.51.00.00 8429.52.00.00, 8429.59.00.00, 8431.41.00.00, 8431.42.00.00 y 8905.10.00.00 del Arancel de Aduanas, se dictan otras disposiciones para controlar el uso de maquinaria pesada e insumos químicos que puedan ser utilizados en actividades mineras sin las autorizaciones y exigencias previstas en la ley

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Lugares habilitados para el ingreso de maquinaria. La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), con base en criterios objetivos de control, la información provista por el sistema de administración de riesgo y la capacidad institucional de las Direcciones Seccionales, establecerá los lugares habilitados para el ingreso de las mercancías previstas en el artículo 1°, en un plazo no mayor a treinta (30) días calendario, a partir de la fecha de entrada en vigencia del presente decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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