Autorícese al Gobierno nacional para que incorpore, dentro del Presupuesto General de la Nación a través de las partidas o traslados presupuestales necesarios y de acuerdo con la disponibilidad presupuestal, del Marco Fiscal de Mediano Plazo y el Marco de Gastode Mediano Plazo, recursos con el objetivo de garantizar obras y proyectos culturales, sociales y de infraestructura en el municipio de Galapa que permitan cumplir con el objetivo de esta ley. En estos, se incluyen la construcción, adecuación y mantenimiento de una plaza central en el Municipio de Galapa denominada “Gran Plaza de la Cultura y el Folclor” con las condiciones adecuadas para que este territorio pueda demostrar su ancestral y rica historia folclórica y artesanal.
En la ejecución de los proyectos autorizados en este artículo, se garantizará la participación de la comunidad local, en especial de los grupos étnicos, artesanos, jóvenes, mujeres y población vulnerable, bajo los principios de equidad territorial y sostenibilidad cultural.
Las obras ejecutadas deberán contar con criterios de sostenibilidad ambiental y de accesibilidad universal.