Artículo séptimo. El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición, modifica los Decretos números 3117 y 3177 de 1968 y el 218 de 1970, deroga todas las disposiciones que le sean contrarias y sufre efectos fiscales a partir del primero (1°) de enero de mil novecientos setenta y dos (1972).
Decreto 750 de 1972 →Vigente
Artículo 7
Decreto 750 de 1972 · Por el cual se modifica la planta de personal del departamento administrativo del servicio civil
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.