Micelio

Artículo 14

Decreto 1127 de 1999 · por el cual se reestructura el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Dirección General de Comercio Exterior. La Dirección General de Comercio Exterior cumplirá las siguientes funciones

1.

Asesorar al Ministro y al Vicemínistro en relación con la política de comercio exterior, convenios internacionales, de integración regional y subregional.

2.

Evaluar la política de desarrollo agropecuario en función de la tendencia de los mercados internacionales.

3.

Propiciar y apoyar el desarrollo de las capacidades nacionales, públicas y privadas, en lo referente al sector agropecuario y pesquero para articular, en beneficio de la sociedad colombiana, los compromisos internacionales relacionados con el comercio exterior.

4.

Promover y evaluar los programas de Cooperación Técnica Internacional del Ministerio y de las entidades adscritas.

5.

Presentar a consideración del Viceministro, en el mes de diciembre de cada año, una evaluación relacionada con el cumplimiento de los objetivos propuestos y un programa anual de actividades a desarrollar por el área de su competencia en el año inmediatamente siguiente.

6.

Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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