Micelio

Artículo 13

Duración

Decreto 2151 de 1992 · por el cual se dictan disposiciones para la adaptación laboral de los servidores públicos a quienes se les suprima el empleo como consecuencia del desarrollo del Artículo Transitorio 20 de la Constitución Política.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 13. Duración. - El Servicio de Adaptación Laboral en el Sector Público tendrá vigencia a partir de la publicación del presente Decreto y hasta seis (6) meses después del vencimiento del máximo plazo previsto para la ejecución de las medidas adoptadas en desarrollo de las atribuciones contenidas en el Artículo Transitorio 20 de la Constitución Política, en cualquiera de las entidades que sean objeto de aplicación de tales atribuciones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2151 de 1992