Micelio

Artículo 2

Ley 2116 de 2021 · Por medio de la cual se modifica el Decreto-ley número 1421 de 1, 993, referente al Estatuto Orgánico de Bogotá.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La atribución 8 del artículo 38 del Decreto-ley número 1421, quedará así:

8.

Nombrar y remover libremente los secretarios del despacho, los jefes de departamento administrativo, los gerentes de entidades descentralizadas, el Tesorero Distrital, los alcaldes locales y otros agentes suyos. Conforme a las disposiciones pertinentes, nombrar y remover a los demás funcionarios de la administración central. Igualmente, velar por el cumplimiento de las funciones de los servidores distritales y ejercer la potestad disciplinaria frente a los mismos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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