Micelio

Artículo 5

La Incorporación De Los Empleados De La Planta De Personal De Empleados Públicos Del Ministerio De Defensa Nacional Al Servicio De La Justicia Penal Militar Establecida En El Artículo 3 Del Presente Decreto, Se Efectuará Dentro De Los Sesenta Días Siguientes A La Fecha De Su Publicación, Teniendo En Cuenta Lo Dispuesto En El Decreto 1173 De 1999 Y Demás Normas Vigentes Sobre La Materia

Decreto 1514 de 2000 · por el cual se modifican las plantas de Empleados Públicos del Ministerio de Defensa Nacional al servicio de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional contenidas en los Decretos 1748 de 1993 y 1260 de 1994 y se fija la planta de la Justicia Penal Militar.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. La incorporación de los empleados de la Planta de Personal de Empleados Públicos del Ministerio de Defensa Nacional al servicio de la Justicia Penal Militar establecida en el artículo 3 del presente Decreto, se efectuará dentro de los sesenta días siguientes a la fecha de su publicación, teniendo en cuenta lo dispuesto en el Decreto 1173 de 1999 y demás normas vigentes sobre la materia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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