Micelio

Artículo 102

Obligación De Evaluar Y Calificar

Decreto 1792 de 2000 · por el cual se modifica el Estatuto que regula el Régimen de Administración del Personal Civil del Ministerio de Defensa Nacional, se establece la Carrera Administrativa Especial.

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 102. OBLIGACIÓN DE EVALUAR Y CALIFICAR. Los jefes o superiores inmediatos o a quienes correspondan evaluar y calificar el desempeño laboral del personal, tendrán la obligación de hacerlo en los instrumentos que adopte la Comisión Administradora de Carrera y en los términos que establezca el reglamento.

Parágrafo

Se entiende por jefe inmediato, el empleado que ejerce las funciones de dirección, supervisión o coordinación respecto del empleado a evaluar; es decir, el superior jerárquico, el de la dependencia o el coordinador del grupo de trabajo formalmente establecido, donde el empleado preste sus servicios. TITULO IV TRABAJADORES OFICIALES Y EMPLEADOS DE LA JUSTICIA PENAL MILITAR CAPITULO I TRABAJADORES OFICIALES

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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