°. El presente Decreto rige a partir del primero (1°) de enero de 1969, deroga todas las disposiciones que le sean contrarias, y produce efectos fiscales desde el primero (1°) de septiembre de 1968 para los empleados que estando al servicio del Ministerio de Hacienda y Crédito Público en esa fecha fueren designados para ocupar cargos de la nueva planta. Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Artículo 6
El Presente Decreto Rige A Partir Del Primero (1°) De Enero De 1969, Deroga Todas Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias, Y Produce Efectos Fiscales Desde El Primero (1°) De Septiembre De 1968 Para Los Empleados Que Estando Al Servicio Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público En Esa Fecha Fueren Designados Para Ocupar Cargos De La Nueva Planta
Decreto 3033 de 1968 · Por el cual se determina la planta de personal del Gabinete del Ministro y de la Dirección General de Servicios Administrativos del Ministerio de Hacienda y Crédito Público
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.