Micelio

Artículo 15

A Fin De Posibilitar A Los Ciudadanos En General Y A Los Propietarios Y Poseedores De Inmuebles En Particular Disponer De Un Conocimiento Más Simple Y Transparente De Las Consecuencias De Las Acciones Urbanísticas Generadoras Del Efecto Plusvalía, Las Administraciones Distritales Y Municipales Divulgarán El Efecto Plusvalía Por Metro Cuadrado Para Cada Una De Las Zonas O Subzonas Geoeconómicas Homogéneas Beneficiarias

Decreto 1599 de 1998 · por el cual se reglamentan las disposiciones referentes a la participación en plusvalía de que trata la Ley 388 de 1997.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

A fin de posibilitar a los ciudadanos en general y a los propietarios y poseedores de inmuebles en particular disponer de un conocimiento más simple y transparente de las consecuencias de las acciones urbanísticas generadoras del efecto plusvalía, las administraciones distritales y municipales divulgarán el efecto plusvalía por metro cuadrado para cada una de las zonas o subzonas geoeconómicas homogéneas beneficiarias.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1599 de 1998