º La certificación del comisario especial de La Guajira será prueba suficiente sobre la procedencia; en los demás casos deberá presentarse una inspección ocular practicada por la primera autoridad política del lugar, sobre la existencia del producto, que el que se pretende exportar procede de terrenos de propiedad de particulares, y que en su explotación no se rebasa la capacidad productora del bosque, ni se destruye este.
Artículo 2
La Certificación Del Comisario Especial De La Guajira Será Prueba Suficiente Sobre La Procedencia; En Los Demás Casos Deberá Presentarse Una Inspección Ocular Practicada Por La Primera Autoridad Política Del Lugar, Sobre La Existencia Del Producto, Que El Que Se Pretende Exportar Procede De Terrenos De Propiedad De Particulares, Y Que En Su Explotación No Se Rebasa La Capacidad Productora Del Bosque, Ni Se Destruye Este
Decreto 1373 de 1943 · Por el cual se reglamenta la explotación de dividivi en el Departamento del Atlántico y Comisaría Especial de La Guajira
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.