º Fíjase la proporción en que debe distribuirse el impuesto de industria y comercio a la capacidad instalada en las Centrales Termoeléctricas de Barranca I, II, III y IV entre los municipios afectados por esta obra así: Nombre de la Planta: Barranca I. Municipio afectado: Barrancabermeja. Factor de proporción: 100%. Equivalente en kilovatios: 12.500. Nombre de la Planta: Barranca II. Municipio afectado: Barrancabermeja Factor de proporción: 100%. Equivalente en kilovatios: 12.500. Nombre de la Planta: Barranca III. Municipio afectado: Barrancabermeja. Factor de proporción: 100%. Equivalente en kilovatios: 66.000. Nombre de la Planta: Barranca IV. Municipio afectado: Barrancabermeja. Factor de proporción: 100%. Equivalente en kilovatios: 32.000.
Decreto 2586 de 1988 →Vigente
Artículo 1
º Fíjase La Proporción En Que Debe Distribuirse El Impuesto De Industria Y Comercio A La Capacidad Instalada En Las Centrales Termoeléctricas De Barranca I, Ii, Iii Y Iv Entre Los Municipios Afectados Por Esta Obra Así: Nombre De La Planta: Barranca I
Decreto 2586 de 1988 · Por el cual se fija la proporción en que debe distribuirse entre los municipios afectados el impuesto de Industria y Comercio que corresponde pagar a la Central Termoeléctrica de Barranca
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.