Artículo primero. Las partidas globales apropiadas para sueldos del personal, jornales a obreros, alimentación de profesores y personal administrativo, alimentación de alumnas becadas y restaurante, de la Escuela Normal Superior de Señoritas de Puente Nacional, en el presente año, se distribuyen así: Capítulo 388. Artículo 3972, ordinal 16). Mensual Total Para sueldos del personal durante el mes de enero, de conformidad con la nómina del mes de diciembre de 1959 $ 12.100.00 Sueldos en once meses, febrero a diciembre: Rectora 950.00 10.450.00 Pagadora III (Secretaria) 580.00 6.380.00 Dos Profesoras Internas, Directoras de Grupo, de primera categoría, a $ 800.00 mensuales cada una 1.600.00 17.600.00 Dos Profesoras Internas, Directoras de Grupo, de segunda categoría, a $ 650.00 mensuales cada una 1.300.00 14.300.00 Una Profesora Interna, Directora de Grupo, de tercera categoría 550.00 6.050.00 Tres Profesoras Internas, Directoras de Grupo, de cuarta categoría, o sin escalafón, a $ 450.00 mensuales cada una 1.350.00 14.850.00 Para profesorado externo 570.90 6.279.90 Directora de la Escuela Anexa 650.00 7.150.00 Cinco Profesoras de la Escuela Anexa, a $ 450.00 mensuales cada una 2.250.00 24.750.00 Capellán - Profesor 250.00 2.750.00 Médico - Profesor 250.00 2.750.00 Odontólogo 200.00 2.200.00 Auxiliar de Enfermería I 210.00 2.310.00 Chofer II 240.00 2.640.000 Portera I 150.00 1.650.00 Ecónoma II 200.00 2.200.00 Para servicio doméstico 1.322.73 14.550.03 Suma $ 12.623.63 150.959.93 Capítulo 388, artículo 3973, ordinal 16). Enero a diciembre: Para pago de jornales a obreros por trabajos manuales que requiera el establecimiento en la presente vigencia y anteriores $ 100.00 1.200.00 Capítulo 388, artículo 3974, ordinal 16) Diez meses : febrero a noviembre : Para alimentación de 20 profesores y personal administrativo, a $ 70.00 mensuales cada uno 1.400.00 14.000.00 Para alimentación del servicio doméstico 520.00 5.200.00 Dos meses, enero y diciembre : Para alimentación del personal que debe permanecer en el establecimiento en época de vacaciones 300.00 600.00 Suma $ 19.800.00 Capítulo 388, artículo 3976, ordinal 16). Diez meses: febrero a noviembre: Para alimentación de 110 alumnas becadas, a $70.00 mensuales cada una 7.700.00 77.000.00 Para restaurante de la Escuela Anexa 400.00 4.000.00 Suma $ 8.100.00 81.000.00
Decreto 128 de 1960 →Vigente
Artículo 3972
, Ordinal 16)
Decreto 128 de 1960 · Por lo cual se distribuye la partida global apropiada para el siguiente establecimiento de educación: escuela normal superior de señoritas de puete nacional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.