° Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal en curso: MINISTERIO DE GUERRA CAPITULO 165 Departamento de Aeronáutica Civil. Dirección. 003. Del artículo 1678. Para transportes, auxilios y viáticos del personal, en la presente vigencia y anteriores $ 4.000.00 003. Del artículo 1680. Para portes aéreos y terrestres, empaques, acarreos, aseguro y transporte de materiales y elementos, y demás gastos menores similares inherentes a estos mismos servicios, en la presente vigencia y anteriores. 4.000.00 201. Del artículo 1684. Para gastos de conservación y reparación del edificio, en el año 4.000.00 ____________ Suman los contracréditos $ 12.000.00 ____________ 004. Al artículo 1676. Para adquisición y conservación de materiales, aseguro de los mismos, y de dineros, en el año $ 4.000.00 003. Al artículo 1682. Para gastos reservados extraordinarios e imprevistos y gastos menores no contemplados en los artículos precedentes, en la presente vigencia y anteriores 8.000.00 ____________ Suman los créditos $ 12.000.00 ____________
Decreto 1878 de 1959 →Vigente
Artículo 1
Hácense Las Siguientes Traslaciones En El Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal En Curso: Ministerio De Guerra Capitulo 165 Departamento De Aeronáutica Civil
Decreto 1878 de 1959 · Por el cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente. (Ministerio de Guerra)
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.