Micelio

Artículo 3

Decreto 2709 de 1953 · Por el cual se adiciona el Decreto número 2063 de octubre 5 de 1951

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Al tenor de lo dispuesto en el aparte a) del artículo 162 del Código Sustantivo del Trabajo, los Administradores y Subadministradores de Aduana no podrán devengar remuneración extra, sino únicamente su asignación mensual, ya que ellos están excluidos de la regulación sobre jornada máxima legal de trabajo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2709 de 1953