Micelio

Artículo 16

Ley 101 de 1946 · Por la cual se dictan unas disposiciones sobre prestaciones para el personal de Clases Técnicas de la Fuerza Aérea Colombiana

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

A partir del 1º de enero de 1947, fíjansc las siguientes asignaciones mensuales para el personal de Clases Técnicas de la Fuerza Aérea Colombiana: Capitán Técnico$450.00Teniente Técnico400.00Subteniente Técnico375.00Suboficial Jefe Técnico350.00Suboficial Jefe325.00Suboficial Subjefe275.00Suboficial Primero225.00Suboficial Segundo185.00Suboficial Tercero150.00

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 101 de 1946