Micelio

Artículo 2

Ley 40 de 1921 · por la cual se reorganizan las Administraciones de Hacienda Nacional y se reforman las Leyes 51 de 1918 y 72 de 1919

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Atlántico .

Un Administrador, con $ 140 mensuales.

Un Contador, con $ 80 mensuales.

Un oficial Auxiliar, con $ 50 mensuales.

Un Escribiente, con $ 50 mensuales.

Un Inspector de Impuesto, con $ 130 mensuales.

Un Ayudante, con $ 70 mensuales.

Cuatro Guardas de Impuesto, con $ 35 mensuales cada uno.

Un Portero, con $ 30 mensuales.

Un Oficial Secretario de las Juntas del Impuesto sobre la Renta, Jefe del ramo en el Departamento, con $ 120 mensuales.

Un Jefe de Cobradores del Impuesto sobre la Renta, con $ 60 mensuales.

Un Ayudante de este, con $ 40 mensuales.

Un Agente Escribiente de la Jefatura, con $ 40 mensuales.

Tanto el Cobrador como su Ayudante cumplirán las órdenes del Jefe del ramo, y fuera de las funciones que les corresponde, por razón de su cargo, desempeñaran todas las demás que les señalen sus inmediatos superiores jerárquicos y que se relaciones con los trabajos de la Oficina.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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