Micelio

Artículo 38

Toda Asociación De Ahorro Y Préstamo Exigirá A Sus Prestatarios La Contratación De Un Seguro De Vida De Grupo A Favor De Las, Según Normas Que Expida La Superintendencia Bancaria

Decreto 299 de 1973 · Por el cual se autoriza el funcionamiento de las Asociaciones Mutualistas de Ahorro y Préstamo

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Toda Asociación de Ahorro y Préstamo exigirá a sus prestatarios la contratación de un seguro de vida de grupo a favor de las, según normas que expida la Superintendencia Bancaria. Igualmente será obligatoria la contratación de un seguro de incendio con cualquier compañía legalmente establecida en Colombia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 299 de 1973