Micelio

Artículo 2

Ley 309 de 1996 · por la cual se autoriza a la Nación -Ministerio de Salud- para participar en la creación de una institución prestadora de servicios de salud con carácter de sociedad de economía mixta y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para los efectos de la creación de la institución de que trata el artículo 1º de la presente Ley, la Nación por intermedio del Ministerio de Salud buscará la concurrencia de la Fundación Hospital Infantil Lorencita Villegas de Santos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 309 de 1996