Micelio

Artículo 2

Ley 20 de 1927 · Sobre lazaretos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Autorizase al Gobierno para que por conducto de la Dirección General de Lazaretos y de acuerdo con los principios consagrados en esta Ley, proceda a darles a las leproserías la organización que estime más conveniente, desde los puntos de vista relativos al aislamiento, administración y

tratamientos, teniendo en cuenta los sistemas más modernos y que mejores resultados hayan dado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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