Micelio

Artículo 4

El Ministerio De Guerra Podrá Disponer Hasta De La Suma De $20

Decreto 302 de 1897 · Que dispone formar una compilación del Código Militar y de las Leyes, Decretos, resoluciones y demás órdenes de carácter general permanente, relacionadas con el ramo de guerra

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Ministerio de Guerra podrá disponer hasta de la suma de $20.000, para los gastos que ocasione el cumplimiento del presente Decreto. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 302 de 1897