Articulo 5º . Si se estimare conveniente hacer la conversión por dichos bonos de las libranzas por $ 500,000 a cargo de los Ferrocarriles y descontadas por el Banco de la República, podrá llevarse a cabo tal conversión emitiendo para ello $ 1.000,000 más en los referidos bonos y ofreciéndolos a los deudores de los bancos en la misma forma establecida para los otros $ 6.000,000.
Decreto 2028 de 1933 →Vigente
Artículo 5
Decreto 2028 de 1933 · Por el cual se arbitran fondos para la defensa nacional y para obras públicas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.