Articulo Segundo . El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición Comuníquese y cúmplase. Dado hoy 17 de marzo de 1983. BELISARIO BETANCUR El Jefe del Departamento, Héctor Moreno Reyes.
Decreto 829 de 1983 →Vigente
Artículo 2
Decreto 829 de 1983 · Por el cual se aprueba con modificaciones el Acuerdo número 02 de octubre 27 de 1982, expedido por el Consejo intendencial de Arauca.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.