Son funciones de cada Coordinador Regional de Planificación:
Convocar y presidir el Comité Técnico Regional de Planificación.
Orientar las labores del Comité Técnico Regional de Planificación.
Actuar como secretario del Consejo Técnico Regional de Planificación respectivo.
Coordinar la acción de los Jefes de Planeación Departamental, Intendencial, Comisarial y Municipal, en orden a la elaboración de los planes y programas de desarrollo regional y a velar por su cumplida ejecución.
Presentar al Consejo Regional de Planificación los informes, estudios y documentos preparados por el Comité Técnico Regional de Planificación.
Someter a la consideración del Consejo Regional de Planificación las bases de los programas de inversión y del gasto público.
Coordinar la actividad de preparación de los presupuestos de inversión de las diferentes entidades públicas, en armonía con los planes regionales incluidos en el Plan Nacional de Desarrollo Económico y Social.
Las demás que le fijen el Consejo Regional o el Comité Técnico para el mejor cumplimiento de sus funciones.