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Artículo 34

Las Certificaciones Sobre El Ejercicio Del Cargo De Director, De Miembro De La Junta Administradora, Serán Expedidas Por El Ministro De Comunicaciones, En Su Carácter De Presidente De La Junta

Decreto 1930 de 1964 · Por el cual se aprueban los estatutos del Instituto Nacional de Radio y Televisión

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 34. Las certificaciones sobre el ejercicio del cargo de Director, de miembro de la Junta Administradora, serán expedidas por el Ministro de Comunicaciones, en su carácter de Presidente de la Junta.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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