Micelio

Artículo 4

Del Decreto Número 842 De 1906

Decreto 2172 de 1916 · Por el cual se reforma el Decreto número 842 de 1906

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único. Las Oficinas habilitadas para expedir giros postales continuarán la serie numeral del presente año, hasta la fecha en que éntre en vigencia el Decreto reglamentario de la Ley 66 de 1916, orgánica del servicio.

Parágrafo

Queda en estos términos reformado el artículo 4.º del Decreto número 842 de 1906.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2172 de 1916