Personas jurídicas. Declaración de Renta y Complementarios. Por el año gravable de 1997 deberán presentar la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios en el formulario prescrito por la DIAN las demás personas jurídicas, sociedades y asimiladas, las entidades sin ánimo de lucro con régimen especial diferentes a las calificadas como "Grandes Contribuyentes". Los plazos para presentar la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios y para cancelar en dos cuotas iguales el valor a pagar por concepto del impuesto de renta y el anticipo, se inician el 1º de abril de 1998 y vencen en las fechas del mismo año que se indican a continuación atendiendo al último dígito del NIT del declarante, así: Si el último dígito es: Declaración y pago 1ª cuota Pago 2ª cuota 1 o 2 8 de mayo de 1998 9 de julio de 1998 3 o 4 13 de mayo de 1998 16 de julio de 1998 5 o 6 21 de mayo de 1998 23 de julio de 1998 7 u 8 27 de mayo de 1998 28 de julio de 1998 9 o 0 3 de junio de 1998 5 de agosto de 1998
Las sucursales de sociedades extranjeras, o las personas naturales no residentes en el país, que presten en forma regular el servicio de transporte aéreo, marítimo, terrestre o fluvial entre lugares colombianos y extranjeros, podrán presentar la declaración de renta y complementarios por el año gravable 1997 y cancelar en una sola cuota el impuesto a cargo hasta el 29 de octubre de 1998, cualquiera sea el último dígito de su número de Identificación Tributaria, NIT, sin perjuicio de los tratados internacionales vigentes.