Micelio

Artículo 8

Todos Los Gastos Que Demande El Cumplimiento De Este Decreto Se Imputarán Al Artículo 193 (Capítulo 35) Del Presupuesto Vigente, Con Excepción De La Suma De Mil Cincuenta Pesos (1

Decreto 331 de 1939 · Por el cual se crea un servicio de asistencia y sanidad para combatir la epidemia de bartonellosis del Departamento de Nariño

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 8° Todos los gastos que demande el cumplimiento de este Decreto se imputarán al artículo 193 (capítulo 35) del Presupuesto vigente, con excepción de la suma de mil cincuenta pesos (1.050), necesaria para cubrir los gastos de sostenimiento de tres de los hospitales (Sandoná, Ancuyá y Samaniego urbano), que corren a cargo del Departamento de Nariño, tal como lo ha ofrecido el Gobernador de aquella sección.

Parágrafo

Son igualmente de cargo del Departamento de Nariño los -gastos de instalación de los hospitales creados por este Decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 331 de 1939