Micelio

Artículo 17

Decreto 2112 de 1992 · por el cual se reestructura el Instituto Colombiano Geográfico "Agustín Codazzi".

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Corresponde a la Subsecretaría Financiera de la Secretaría Administrativa el ejercicio de las siguientes funciones

a)

Coordinar la preparación del proyecto anual de presupuesto de la Secretaría Administrativa;

b)

Coordinar la preparación del Programa Anual de Caja del Ministerio;

c)

Suscribir con el ordenador del gasto las solicitudes de acuerdo de gastos que se presenten a la Dirección General del Presupuesto Nacional;

d)

Coordinar la consolidación y presentación del balance general del Ministerio;

e)

Coordinar la presentación de los créditos adicionales y de los traslados presupuestales y de las reservas de apropiación y de caja ante la Dirección General del Presupuesto Nacional;

f)

Rendir y suministrar la información de carácter presupuestal que requiera la Dirección General del Presupuesto Nacional;

g)

Expedir los certificados de disponibilidad presupuestal para respaldar los actos administrativos que tengan incidencia presupuestal;

h)

Proponer los cambios que considere convenientes para mejorar la gestión presupuestal, financiera y administrativa del Ministerio;

i)

Informar al Ordenador del Gasto, sobre las irregularidades que detecte en el manejo de los recursos presupuestales del Ministerio, para que éste disponga la investigación interna correspondiente y dé traslado del asunto a las autoridades competentes.

j)

Diseñar y supervisar en coordinación con la Oficina de Planeación del Ministerio de Hacienda los métodos y procedimientos de trabajo aplicables al área de su competencia;

k)

Rendir oportunamente los informes que solicite la Oficina de Auditoría Interna del Ministerio;

l)

Las demás que le sean asignadas por el Secretario según la naturaleza de sus funciones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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