Micelio

Artículo 7

º Para Efectos De Control El Ministerio De Hacienda Y Crédito Público A Través De La Dirección General De Aduanas, Establecerá Procedimientos Relacionados Con La Entrada Y Salida De Mercancías De Los Municipios A Que Se Refiere El Presente Decreto, Y Determinará Un Sistema De Facturación Que Asegure El Cumplimiento De Las Obligaciones Aquí Previstas

Decreto 1457 de 1991 · por medio del cual se otorga un tratamiento preferencial aduanero y cambiario a los Municipios de Maicao, Uribia y Manure en la Guajira, Tumaco en Nariño, y a la Región de Urabà compuesta por los Municipios de Arboletes, San Juan de Urabà, Necoclí, San Pedro de Urabà, Turbo, Apartadó, Carepa, Chigorodò, Mutatà, Acandí y Unguía.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Para efectos de control el Ministerio de Hacienda y Crédito Público a través de la Dirección General de Aduanas, establecerá procedimientos relacionados con la entrada y salida de mercancías de los municipios a que se refiere el presente Decreto, y determinará un sistema de facturación que asegure el cumplimiento de las obligaciones aquí previstas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1457 de 1991