° A partir del primero de noviembre próximo, auméntase en uno el número de los Liquidadores Primeros de la Sección 1ª de la Administración de Hacienda Nacional de Cundinamarca, el cual devengará el sueldo asignado a los empleados de su categoría en el Decreto número 1110 de 1941 (junio 19), y desempeñará las funciones de liquidación a ellos señaladas.
Decreto 1858 de 1941 →Vigente
Artículo 1
A Partir Del Primero De Noviembre Próximo, Auméntase En Uno El Número De Los Liquidadores Primeros De La Sección 1ª De La Administración De Hacienda Nacional De Cundinamarca, El Cual Devengará El Sueldo Asignado A Los Empleados De Su Categoría En El Decreto Número 1110 De 1941 (Junio 19), Y Desempeñará Las Funciones De Liquidación A Ellos Señaladas
Decreto 1858 de 1941 · Por el cual se crea un cargo público y se hace un nombramiento
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.