°. Las importaciones del contingente de que trata el artículo 1° de este decreto serán registradas ante el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y serán autorizadas por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural de acuerdo con las reglas que establezca para el efecto.
Decreto 2222 de 2004 →Vigente
Artículo 2
Las Importaciones Del Contingente De Que Trata El Artículo 1° De Este Decreto Serán Registradas Ante El Ministerio De Comercio, Industria Y Turismo Y Serán Autorizadas Por El Ministerio De Agricultura Y Desarrollo Rural De Acuerdo Con Las Reglas Que Establezca Para El Efecto
Decreto 2222 de 2004 · por el cual se dictan medidas relacionadas con el comercio del arroz.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.