Micelio

Artículo 45

Ley 83 de 1888 · Por la cual se determina la legislación especial que debe regir en el Departamento de Panamá

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 45. En el establecimiento de las líneas telegráficas á que se refieren los tres artículos anteriores, ya sea por administración ó por contratos, no podrán invertirse más de veinticinco mil pesos anuales ($ 25,000).

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 83 de 1888