Micelio

Artículo 9

O

Decreto 2112 de 1992 · por el cual se reestructura el Instituto Colombiano Geográfico "Agustín Codazzi".

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

o. Corresponde a la Oficina de Planeación del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el ejercicio de las siguientes funciones

a)

Hacer el diagnóstico general del Ministerio y proponer las decisiones tendientes a mejorar la calidad de los servicios y el cumplimiento de las funciones asignadas al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, optimizando el uso de los recursos disponibles para modernizar y tecnificar la entidad;

b)

Elaborar y desarrollar metodologías de planeación en coordinación con las Dependencias del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y sus organismos adscritos;

c)

Coordinar con las diferentes Direcciones del Ministerio, la elaboración del Plan General Institucional y realizar el seguimiento a su ejecución;

d)

Capacitar en metodologías de planeación, organización y métodos al personal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público que así lo requiera;

e)

Coordinar con las diferentes áreas del Ministerio el diseño, elaboración, puesta en marcha y actualización de manuales de funciones y de procedimientos necesarios para el buen desarrollo de las actividades del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

f)

Establecer políticas sobre calidad total y gerencia del servicio.

g)

Coordinar y hacer un constante seguimiento de las actividades de planeación que adelanten las diferentes dependencias del Ministerio.

h)

Diseñar índices e indicadores de eficiencia para la gestión y mantener un sistema estadístico de la ejecución de las diferentes dependencias del Ministerio e informar periódicamente al Ministro.

i)

Preparar el anteproyecto del presupuesto anual del Ministerio y velar porque los proyectos de inversión del Ministerio surtan el trámite previsto por las normas.

j)

Revisar en coordinación con la Secretaría Administrativa del Ministerio las solicitudes de créditos adicionales y de traslados presupuestales del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y someterlos a estudio por parte de la Dirección General del Presupuesto Nacional y del Departamento Nacional de Planeación, según el caso.

k)

Desarrollar y disponer un sistema de control presupuestal permanente al interior de la entidad que permita calificar el cumplimiento de los planes de gasto, tanto del punto de vista físico como financiero, en cada una de las dependencias.

l)

Las demás que le sean asignadas por el Ministro de Hacienda y Crédito Público y por las disposiciones legales vigentes. 1.0.4 De la Oficina de Auditoria interna

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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