Identificación de inmuebles con planos prediales catastrales . La inscripción de los documentos en los cuales se emplee el procedimiento de identificación predial previsto en el Decreto 2157 de 1995, causará derechos registrales por la suma de dos mil pesos ($2.000) siempre que
Se trate de escrituras u otros títulos otorgados por entidades públicas en que consten negocios jurídicos de compraventa, hipoteca o constitución de patrimonio de familia, referidos a vivienda de interés social o a Unidades Agrícolas Familiares, UAF;
Una entidad pública transfiera un bien raíz a título de subsidio de vivienda en especie, se constituya patrimonio de familia y/o afectación a vivienda familiar.
La expedición del certificado de tradición y libertad solicitado con ocasión del registro de estos documentos, causará derechos registrales por la suma de dos mil pesos ($2.000).