Micelio

Artículo 3

Los Colegios Departamentales Y Privados Que Se Dediquen A La Formación Del Magisterio, Y Que Al Mismo Tiempo Atienden Secciones De Bachillerato Y Comercio, Tendrán Que Adelantar El Desarrollo Del Plan Normalista En Grupos Separados A Los De Dichas Secciones

Decreto 77 de 1943 · Por el cual se deroga el Decreto número 1829 de 1937, se modifica el número 71 de 1939 y se dictan algunas disposiciones sobre educación normalista

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Los colegios departamentales y privados que se dediquen a la formación del Magisterio, y que al mismo tiempo atienden secciones de bachillerato y comercio, tendrán que adelantar el desarrollo del plan normalista en grupos separados a los de dichas secciones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 77 de 1943