La Junta Directiva Puede Sesionar Válidamente Con La Mayoría Absoluta De Sus Miembros, Y Sus Decisiones Las Tomará Con La Mayoría Absoluta De Sus Miembros, Y Sus Decisiones Las Tomará Con La Mayoría Absoluta De Los Asistentes
Decreto 2910 de 1977 · Por el cual se aprueba los estatutos de la Empresa Constructora Didáctica Ltda.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
La Junta directiva puede sesionar válidamente con la mayoría absoluta de sus miembros, y sus decisiones las tomará con la mayoría absoluta de sus miembros, y sus decisiones las tomará con la mayoría absoluta de los asistentes.
Parágrafo
A las sesiones de la Junta podrán asistir lo suplentes, pero solamente tendrán voz y voto en ausencia de los titulares.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.