Los miembros del Ejército que contrajeron enfermedades temporales en le servicio, disfrutarán durante el tiempo que dure ésta de todo el sueldo asignado a su empleo.
Ley 99 de 1913 →Vigente
Artículo 2
Ley 99 de 1913 · Que fija los sueldos del Ejército y dispone la construcción de cuarteles adecuados para el mismo
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.