Modifíquese el artículo 160 de la Ley 1448 de 2011 , el cual queda así:
ARTÍCULO 160. DE LA CONFORMACIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE ATENCIÓN Y REPARACIÓN A LAS VÍCTIMA S. El Sistema Nacional de Atención y Reparación a las Víctimas estará conformado por las siguientes entidades y programas: En el orden nacional, por:
El Departamento Administrativo para la Prosperidad Social
El Ministerio del Interior
El Ministerio de Justicia y del Derecho
El Ministerio de Relaciones Exteriores
El Ministerio de Hacienda y Crédito Público
El Ministerio de Defensa Nacional
El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural
El Ministerio de Salud y Protección Social
El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo
El Ministerio de Educación Nacional
El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones
El Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes
El Ministerio de la Igualdad y Equidad
El Ministerio de Transporte
El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio
El Ministerio del Trabajo
El Departamento Nacional de Planeación
La Unidad de Implementación del Acuerdo Final
La Agencia Presidencial de la Cooperación Internacional
La Unidad Administrativa Especial de Atención y Reparación Integral a las
Víctimas
La Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras
Despojadas
La Fiscalía General de la Nación
La Defensoría del Pueblo
La Registraduría Nacional del Estado Civil
El Consejo Superior de la Judicatura - Sala Administrativa
La Policía Nacional
El Servicio Nacional de Aprendizaje
El Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el
Exterior
El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar
El Instituto Nacional de Vías
El Archivo General de la Nación
El Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses
El Instituto Geográfico Agustín Codazzi
La Superintendencia de Notariado y Registro
El Banco de Comercio Exterior
El Fondo para el Financiamiento del Sector Agropecuario
La Agencia de Renovación del Territorio
La Agencia de Desarrollo Rural
La Agencia Nacional de Tierras
La Agencia para la Reincorporación y la Normalización
La Unidad de Búsqueda de Personas Dadas por Desaparecidas
La Unidad Nacional de Protección
El Centro Nacional de Memoria Histórica
La Sociedad de Activos Especiales
Las demás organizaciones públicas o privadas que participen en las diferentes acciones de atención y reparación en el marco de la presente ley
La Mesa de Participación de víctimas del nivel nacional, de acuerdo al Título VIII.
En el orden territorial por.
Los Departamentos, Distritos y Municipios.
Las entidades descentralizadas funcionalmente o por servicios con funciones y competencias para la atención y reparación a las víctimas a que se refiere esta ley.
La Mesa de Participación de Víctimas del respectivo nivel, garantizando la representación de las comunidades étnicas.
Y los siguientes programas:
Programa Presidencial de Atención Integral contra minas antipersonal.
Programa Presidencial de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario.