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Artículo 1

Se Autoriza La Consignación De Fondos Mutuos De Inversión En Las Empresas Que Tengan Fines De Lucro, Que Cuenten Con Un Capital Mayor De Quinientos Mil Pesos ($500

Decreto 2968 de 1960 · Sobre fomento del ahorro y constitución de fondos mutuos de inversión en las empresas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Se autoriza la consignación de fondos mutuos de inversión en las empresas que tengan fines de lucro, que cuenten con un capital mayor de quinientos mil pesos ($500.000.00) y que se ocupen por lo menos veinte (20) trabajadores.

Parágrafo

Se entiende por fondos mutuos de inversión los constituidos con suscripciones de los trabajadores y contribución de las empresas de conformidad con el presente Decreto .

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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