Micelio

Artículo 1

Decreto 1342 de 1953 · Por el cual se conceden unos auxilio, se hacen unas traslaciones y se aclara una leyenda en el Presupuesto de Gastos vigente (Ministerios de Hacienda y Crédito Público y de Educación nacional)

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. Auxílianse las obras de construcción de los edificios episcopales y Seminarios Conciliares de las Diócesis de Armenia y de Pereira, con la cantidad de doscientos mil pesos ($ 200.000.00) moneda corriente, contribuciones que se entregarán por partes iguales a los Tesoreros ó Síndicos de tales Diócesis, con la aprobación del respectivo Obispo y previo el lleno de las formalidades fiscales correspondientes, quedando el Gobierno facultado para efectuar las operaciones presupuestaos que demande el cumplimiento de esta disposición.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1342 de 1953