º . La conformación o reforma de la planta de personal, para los cargos de empleados públicos de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado y de las Sociedades de Economía Mixta, sometidas al régimen de dichas empresas del Orden Nacional, a que se refiere el artículo 14 del Decreto 2885 de 1994, y de las Empresas Sociales del Estado, se hará previo certificado de disponibilidad presupuestal de la respectiva Empresa para cubrir su costo y de certificado de viabilidad presupuestal expedido por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y sujeta al concepto técnico del Departamento Administrativo de la Función Pública.
Decreto 88 de 1995 →Vigente
Artículo 9
º
Decreto 88 de 1995 · por el cual se fija la remuneración de los empleados públicos pertenecientes a las Empresas Industriales y Comerciales del Estado y a las Sociedades de Economía Mixta sometidas al régimen de dichas empresas del orden nacional, directas e indirectas y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.