Micelio

Artículo 2.2.4.5.12

Requisitos Para La Solicitud De Permiso De Porte De Las Armas, Elementos, Y Dispositivos Menos Letales

Decreto 1070 de 2015 · por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Requisitos para la solicitud de permiso de porte de las armas, elementos, y dispositivos menos letales. Para el estudio de las solicitudes de permisos para el porte de armas, elementos y dispositivos menos letales, deberá cumplir los siguientes requisitos ante el Departamento Control Comercio de Armas, Municiones y Explosivos:

1.

Haber realizado el procedimiento de marcaje ante la Industria Militar

2.

Generar el trámite de permiso de porte de las armas menos letales, digitalizando los siguientes documentos:

a)

Para personas naturales:

1.

Fotocopia de la cédula de ciudadanía.

b)

Para personas jurídicas, Además de la verificación por parte del Departamento Control Comercio de Armas, Municiones y Explosivos, del certificado de exis­tencia y representación legal de la persona jurídica, los siguientes documentos:

1.

Fotocopia de la Cédula de ciudadanía del representante legal.

2.

Autorización previa de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada para los servicios sometidos a su vigilancia.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1070 de 2015