º . A partir de la vigencia del presente decreto, la designación de los representantes de la comunidad ante la Junta Directiva del Instituto Nacional de Cancerología - Empresa Social del Estado se efectuará para períodos de tres (3) años.
La elección de los representantes de la comunidad que efectúen las Alianzas o Asociaciones de Usuarios para el actual período y por una sola vez, se hará por el tiempo necesario requerido para hacer coincidir los períodos de los miembros actuales de la Junta Directiva del Instituto Nacional de Cancerología Empresa Social del Estado. Una vez vencido dicho período la elección se hará para períodos de tres (3) años y así sucesivamente.