✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Si el interrogado no entendiere el idioma nacional, será examinado por intermedio de un intérprete que prestara juramento de conducirse bien y fielmente en el desempeño de su cargo.
El nombramiento de interprete recaerá entre los que tengan titulo de tales, si los hubiere en el lugar en que se toma la declaración. En su defecto, será nombrado un perito del respectivo idioma.
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Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.