Micelio

Artículo 9

Del Decreto 202 De 1949, Créanse Dos Cargos De Interventores Para La Construcción De La Carretera Troncal De Occidente, En El Trayecto Comprendido Entre Tarazá-Caucasia Y Planetarrica, Delegada Al Departamento De Antioquia, Con Un Sueldo Mensual De $ 1

Decreto 3745 de 1949 · por el cual se crean unos cargos. (Ramo de Carreteras Nacionales).

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único. De acuerdo con el artículo 9° del Decreto 202 de 1949, créanse dos cargos de Interventores para la construcción de la Carretera Troncal de Occidente, en el trayecto comprendido entre Tarazá-Caucasia y Planetarrica, delegada al Departamento de Antioquia, con un sueldo mensual de $ 1.200 cada uno.

Parágrafo 1

El sueldo de los Interventores y demás gastos que ocasionen las Interventorías creadas por el presente Decreto serán pagados con los fondos destinados para las mismas obras.

Parágrafo 2

El Ministro de Obras Públicas fijará por medio de resolución las zonas de trabajos que estarán a cargo de los Interventores. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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