Micelio

Artículo 1

Ley 8 de 1918 · por la cual se destinan unas sumas a la beneficencia pública de Cali y Medellín

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Destínase al ensanche y mejoramiento del Hospital de Cali la cantidad de dos mil pesos ($ 2,000), saldo sobrante de la suma que destinó la Ley 58 de 1916 para auxiliar a los damnificados por las inundaciones del río Cauca, según información del Gobernador del Valle.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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